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Señal deportiva «Abran la barra de seguridad del remonte»

Señal deportiva «Abran la barra de seguridad del remonte»

SKU: SDO-004

Señal deportiva de obligación que indica a los usuarios de remontes que deben abrir la barra de seguridad antes del desembarco. Fabricada en materiales resistentes a la intemperie, cumple el formato circular con fondo azul conforme a UNE-EN ISO 7010 y los requisitos de señalización laboral del RD 485/1997 Anexo III. Esencial en instalaciones de esquí y actividades de montaña con sistemas de telesilla o telesquí.

15.14 +IVA
Medidas
Material
En stock
USO OBLIGATORIO
Pictograma deportivo según UNE-EN ISO 7010
Señalización deportiva · Uso obligatorio
Abran la barra de seguridad del remonte
UNE-EN ISO 7010 · SDO-004
Abran la barra de seguridad del remonte
Formato rectangular · 2 medidas disponibles
Medida Materiales
490 × 330 mm Al 0,8 / Al 1,5 / Composite 3 mm
660 × 460 mm Al 0,8 / Al 1,5 / Composite 3 mm
Señalización deportivaUNE-EN ISO 7010Aluminio resistente intemperie

¿Por qué es obligatoria en remontes?

Los accidentes en el desembarco de telesillas y remontes figuran entre los incidentes más documentados en estaciones de esquí, con consecuencias que han derivado en demandas millonarias y expedientes sancionadores a los operadores. La señal «Abran la barra de seguridad del remonte» es una medida de obligación activa que, combinada con el protocolo de apertura y las normas de uso de la instalación, reduce drásticamente el riesgo de caída durante el descenso del usuario. Bajo el RD 485/1997 Anexo III, el empresario o titular de la instalación está obligado a colocar señalización normalizada en todos los puntos donde exista un riesgo específico identificado; el remonte, por su dinámica de movimiento continuo, es uno de esos puntos críticos. El diseño circular con fondo azul sigue el estándar UNE-EN ISO 7010:2020, garantizando reconocimiento inmediato incluso en condiciones de baja visibilidad, nieve o deslumbramiento solar característicos de las pistas de esquí.

Materiales

  • Aluminio 0,8 mm intemperie — Acabado estándar. Resistente a sol, lluvia y salinidad costera. Indicado para señalización exterior fija.
  • Aluminio 1,5 mm — Mayor rigidez y durabilidad. Indicado para zonas de alta exposición a viento, golpes o vandalismo.
  • Composite aluminio 3 mm — Panel sándwich (aluminio + núcleo polietileno). Ligero, plano, alta resistencia. Ideal para grandes formatos y soportes verticales.

Aplicaciones

  • Playas, costas y puertos deportivos: señalización al usuario sobre riesgos del mar, mareas, oleaje, embarcaciones.
  • Piscinas e instalaciones acuáticas: normas de uso, profundidades, equipamiento obligatorio.
  • Estaciones de esquí y montaña: normas de seguridad en remontes, pistas y zonas técnicas.
  • Centros deportivos al aire libre: circuitos, kiteboarding, parasailing, áreas de práctica.

Normativa aplicable

  • UNE-EN ISO 7010 — Pictograma normalizado.
  • UNE-EN ISO 3864 — Colores y señales de seguridad.
  • RD 485/1997 — Señalización de seguridad y salud (aplicable a instalaciones laborales y públicas).

Sanciones por no señalizar correctamente

La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.

Preguntas frecuentes

¿Dónde debe colocarse la señal de abrir la barra en un telesilla?

Debe instalarse en la zona de aproximación a la salida del remonte, a una altura y ángulo que permita su lectura antes de que el usuario alcance el punto de desembarco. El RD 485/1997 Anexo III exige que la señal sea visible, bien iluminada y colocada de forma que no quede obstruida por elementos del entorno. En instalaciones con flujo elevado de esquiadores se recomienda duplicar la señal a ambos lados del asiento.

¿Qué normativa regula la señalización de seguridad en instalaciones deportivas de montaña?

La normativa principal es el RD 485/1997 sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo, complementado por la UNE-EN ISO 7010:2020 que estandariza pictogramas y colores. Para remontes mecánicos también pueden aplicarse disposiciones de la normativa autonómica de estaciones de esquí y los protocolos de apertura que establezca el titular de la instalación conforme a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/1995).

¿Qué responsabilidad tiene el operador si no hay señalización en el remonte y ocurre un accidente?

La ausencia de señalización obligatoria constituye infracción grave según el artículo 12.16 de la LISOS. Si se produce un accidente, la falta de señales puede agravar la responsabilidad civil y penal del empresario o titular de la instalación, ya que los tribunales han valorado este elemento en demandas derivadas de caídas en remontes. Casos documentados han generado reclamaciones millonarias frente a los operadores.

¿En que material se fabrica esta señal para resistir las condiciones de una estacion de esqui?

Las señales para remontes se fabrican habitualmente en aluminio anodizado, PVC rígido de alta densidad o poliestireno fotoluminiscente, materiales que soportan temperaturas extremas, humedad y radiación UV propias de la alta montaña. El acabado plastificado o laminado protege el pictograma azul de UNE-EN ISO 7010 frente a la abrasión de la nieve y el hielo, manteniendo la legibilidad durante toda la temporada.

¿Es obligatorio usar arnés de seguridad ademas de abrir la barra en remontes?

La barra de seguridad y el arnés o cinturón de retención son medidas complementarias que dependen del tipo de remonte. En telesillas con cabina cerrada el arnés puede ser obligatorio, mientras que en telesillas abiertos la barra abatible es el dispositivo principal. La señal de «uso obligatorio de arnés de seguridad» —también disponible en formato de obligación con fondo azul— debe colocarse cuando el equipo de retención sea preceptivo, tal como exige el RD 485/1997 Anexo III para cada riesgo específico identificado.

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