Señal de agua potable de formato circular con fondo azul, conforme a UNE-EN ISO 7010 y RD 485/1997 Anexo III. Fabricada en materiales de alta durabilidad apta para instalaciones interiores y exteriores donde se requiera identificar tomas o depósitos de agua apta para consumo humano. Señalización de obligación imprescindible en centros de trabajo, industrias y edificios públicos.
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La señal de agua potable (SKU OB-1300) identifica de forma inequívoca las tomas, grifos y depósitos cuya agua es apta para consumo humano según los criterios de calidad establecidos por la normativa española y de la Unión Europea. Su uso es obligatorio en centros de trabajo siempre que existan puntos de suministro de agua diferenciados —potable y no potable— conforme al RD 485/1997, Anexo III, que exige señalizar cualquier fuente o toma de agua que pueda ser consumida o empleada en la preparación de alimentos. El diseño circular de fondo azul sigue el código cromático de señales de obligación definido en UNE-EN ISO 7010:2020, garantizando reconocimiento inmediato en instalaciones industriales, naves logísticas, plantas de potabilización, depósitos metálicos para agua potable y edificios de uso público. La correcta señalización distingue con claridad el agua potable del agua no potable, previniendo riesgos para la salud de trabajadores y usuarios.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
El agua potable es aquella apta para consumo humano y animal sin causar riesgos para la salud; cumple los parametros de calidad del Real Decreto 140/2003 (microbiologia, quimica y organolepcticos). El agua no potable puede usarse en procesos industriales o riego pero no para beber ni preparar alimentos. En centros de trabajo, el RD 485/1997 Anexo III obliga a señalizar ambas tomas de forma diferenciada para evitar confusiones y proteger a los trabajadores.
Para confirmar que el agua es potable en una instalacion se deben realizar analisis de calidad conforme al RD 140/2003, que fija los valores parametricos de sustancias quimicas, microbiologicos (incluido ausencia de Clostridium perfringens) y organolépticos. La empresa o gestor del edificio puede solicitar analisis a laboratorios acreditados o consultar con el servicio municipal (por ejemplo, Aqualia u otras concesionarias). La señalizacion con el cartel de agua potable debe reflejar siempre el resultado real de dichos controles.
Consumir agua no potable puede provocar gastroenteritis, infecciones bacterianas y otros problemas de salud. Si el accidente ocurre por ausencia o incorrecta señalizacion de tomas de agua no potable, el empresario incurre en responsabilidad por incumplimiento del RD 485/1997 y la Ley 31/1995 de Prevencion de Riesgos Laborales. La señal OB-1300 evita confusiones al indicar con claridad que el agua de esa toma es apta para consumo humano.
La señalizacion de agua potable en centros de trabajo se rige por el RD 485/1997, Anexo III, que transpone la Directiva 92/58/CEE. El diseño grafico del pictograma (circulo azul) cumple la norma UNE-EN ISO 7010:2020. La calidad del agua señalizada debe respetar el RD 140/2003 sobre aguas de consumo humano, armonizado con las directrices de la Union Europea para garantizar agua apta en instalaciones publicas e industriales.
La señal de agua potable se instala junto a grifos, fuentes, tomas de tuberia y depositos de agua apta para consumo humano, especialmente cuando en la misma instalacion existen circuitos de agua no potable (riego, refrigeracion, procesos industriales). Debe ser visible desde la posicion habitual de uso, a una altura adecuada y con iluminacion suficiente segun el RD 485/1997. En depositos metalicos para agua potable o cuartos de instalaciones, se coloca en el exterior del elemento señalizado para identificacion rapida.