Tarjeta de bloqueo PELIGRO — Personal trabajando, impresa a 2 caras, diseñada para procedimientos de consignación y LOTO (Lockout/Tagout) en instalaciones industriales. Fabricada con materiales resistentes a la manipulación frecuente. Cumple los requisitos de señalización visual establecidos en el RD 485/1997 sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo, contribuyendo a la prevención de riesgos laborales graves durante trabajos de mantenimiento.
En cualquier entorno donde se realicen trabajos de mantenimiento, reparación o intervención sobre equipos energizados, la señalización de bloqueo es un elemento crítico de prevención de riesgos laborales. Esta tarjeta de bloqueo PELIGRO Personal Trabajando (2 caras) cumple la función de advertir de forma inequívoca que un empleado está trabajando en el equipo y que nadie debe reactivarlo ni acceder a él sin autorización. El RD 485/1997 y su Anexo III obligan al empresario a instalar señalización visible, duradera y comprensible en todos los puntos de riesgo del centro de trabajo. El uso de tarjetas de bloqueo identifica al personal autorizado, refuerza los procedimientos de consignación y reduce la exposición a peligros graves como arranques imprevistos o liberación de energía residual. Especialmente indicadas en instalaciones industriales, plantas de producción, mantenimiento eléctrico y trabajos en altura, donde la coordinación entre empleados es esencial para evitar accidentes.
Identifica equipos fuera de servicio durante labores de mantenimiento, indicando responsable y motivo del bloqueo.
Con candado o brida resistente. Solo el responsable que la colocó puede retirarla.
Sí, conforme buenas prácticas LOTO según UNE-EN ISO 14118.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
Según el RD 485/1997, se considera peligro toda fuente de energía, equipo o situación capaz de causar daño a los trabajadores. La señalización con tarjeta de bloqueo PELIGRO Personal Trabajando es obligatoria cuando existe riesgo de activación accidental de maquinaria durante intervenciones de mantenimiento, siendo una medida de prevención de riesgos laborales complementaria a los dispositivos físicos de bloqueo.
En España, los trabajos en altura están regulados principalmente por el RD 2177/2004 (equipos de trabajo en altura) y el RD 485/1997 (señalización de seguridad). El INSST recomienda combinar señalización de advertencia y bloqueo en cualquier trabajo donde existan riesgos graves de caída o activación de equipos. Las tarjetas de bloqueo 2 caras refuerzan la identificación del personal autorizado en estas situaciones.
La versión de 2 caras garantiza visibilidad del mensaje desde cualquier ángulo, lo que resulta esencial en entornos industriales donde los paneles de control o equipos son accesibles por varios laterales. Ambas caras muestran el aviso PELIGRO — Personal trabajando, eliminando puntos ciegos que podrían provocar una activación accidental y reduciendo así la exposición a peligros laborales graves.
Sí. Un principio fundamental de los procedimientos LOTO (Lockout/Tagout) y del RD 485/1997 es que únicamente el trabajador que colocó la tarjeta —o su responsable designado— está autorizado para retirarla. Retirar la señal sin autorización constituye una infracción grave de los protocolos de seguridad y puede derivar en accidentes con consecuencias penales para el empresario según la LISOS art. 12.16.
La tarjeta de bloqueo PELIGRO Personal Trabajando previene principalmente: arranques imprevistos de maquinaria, liberación de energía residual (eléctrica, hidráulica o neumática), acceso de personal no autorizado a zonas de intervención y accidentes durante trabajos en altura o mantenimiento. Estos peligros figuran entre los de mayor severidad en la evaluación de riesgos laborales conforme a la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales.