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Señal / Cartel de sORTIDA D’EMERGÈNCIA literal fotoluminiscente

SKU: EYS-4550

Señal sortida d’emergència en texto literal, fabricada en material fotoluminiscente clase A segun UNE 23034:2023 y conforme al pictograma E001 de la UNE-EN ISO 7010:2020. Cumple el RD 485/1997 Anexo III para señalizacion de vias y salidas de evacuacion en centros de trabajo, instalaciones de uso publico y edificios sujetos al CTE DB-SI.

2.11 +IVA
Medidas
Material
Clase
En stock
CLASE A
280 milicandelas
Mayor luminancia residual
Edificios estratégicos
CLASE B
108 milicandelas
Estándar UNE 23035
Uso general
Evacuación y salvamento · Rutas de evacuación
Señalización fotoluminiscente · Clase A y Clase B
UNE 23034:2023 · UNE-EN ISO 7010 · EYS-4550
EYS-4550 Rectangular
Rectangular · mm × mm
640 x 320 mm 20 – 30 m
960 x 480 mm 20 – 30 m
297 x 105 mm d ≤ 10 m
320 x 160 mm 10 – 20 m
d = distancia de visualización (metros)
Señal fotoluminiscenteUNE 23034:2023UNE-EN ISO 7010EYS-4550Clase A y Clase BRectangular

¿Que exige la normativa en tu salida de emergencia?

La señalizacion de evacuacion en Cataluña requiere con frecuencia carteleria en lengua catalana: el literal sortida d’emergencia identifica de forma inequivoca la salida al usuario sin depender unicamente del pictograma. Esta placa fotoluminiscente acumula luz ambiental y la emite durante un corte de suministro electrico, garantizando visibilidad del recorrido de evacuacion incluso en oscuridad total, tal como exigen la UNE 23034:2023 y la NTP 889 del INSST. Su instalacion es obligatoria en toda via de evacuacion segun el RD 485/1997 Anexo III y complementa los sistemas PCI regulados por el RD 513/2017. Apta para fijar sobre puertas, techos y paramentos verticales en posiciones que no obstruyan la lectura; el material fotoluminiscente elimina la necesidad de cableado adicional, simplificando la instalacion y el mantenimiento del sistema de señalizacion.

Versión en idioma cooficial o internacional (gallego, vasco, catalán o inglés) del cartel de evacuación. Obligatorio en comunidades autónomas con idiomas cooficiales y recomendado en establecimientos con afluencia turística internacional (hoteles, aeropuertos, museos).
Cómo instalarla
Acompañando o sustituyendo a la versión castellana, según política lingüística del centro. Misma altura y materiales que la versión castellana.
Obligatoriedad y normativa
UNE 23034:2023, UNE-EN ISO 7010, normativas autonómicas lingüísticas, UNE 23035-4.

Materiales disponibles

PVC 1 mm (Clase A) / PVC 0,8 mm (Clase B)
Estándar para interiores.
Plancha 1 mm / PVC Adhesivo
PVC luminiscente con adhesivo en cara frontal.
Aluminio 0,8 mm Intemperie
Para exteriores, garajes o ambientes industriales.

Normativa aplicable

  • UNE 23034:2023 — Señalización de seguridad · Vías de evacuación.
  • UNE-EN ISO 7010 — Símbolos gráficos · Señales de seguridad.
  • UNE 23035-4 — Productos fotoluminiscentes.
  • RD 485/1997 — Señalización seguridad y salud en el trabajo.
  • CTE DB-SI 3 — Documento Básico Seguridad en caso de Incendio · Evacuación.
  • CTE DB-SUA — Seguridad de Utilización y Accesibilidad.

Sanciones por no señalizar correctamente

La falta de señalización de evacuación obligatoria conforme RD 485/1997 + RD 513/2017 (instalaciones de PCI) constituye infracción grave LISOS art. 12.16 (2.046–40.985 €). En instalaciones de uso público, además incumple el CTE DB-SI sección 3 y bloquea la licencia de actividad municipal.

Preguntas frecuentes

¿Que son las señales de evacuacion fotoluminiscentes y que normativa las regula?

Son señales fabricadas con pigmentos fotoluminiscentes que absorben energia luminosa y la reemiten en la oscuridad, permitiendo localizar salidas y recorridos de evacuacion sin necesidad de electricidad. En España las regula la UNE 23034:2023 (rendimiento fotoluminiscente), la UNE-EN ISO 7010:2020 (pictogramas E001/E002) y el RD 485/1997 Anexo III, que obliga a su uso en todos los centros de trabajo con salidas de emergencia no visibles directamente desde el puesto de trabajo.

¿Como debe estar señalizada una salida de emergencia segun la normativa española?

El RD 485/1997 Anexo III exige señales de forma rectangular o cuadrada con pictograma blanco sobre fondo verde, ubicadas de forma visible en cada puerta de emergencia y en los puntos intermedios del recorrido de evacuacion. El CTE DB-SI seccion 3 añade que deben ser visibles incluso con la iluminacion normal apagada, lo que en la practica obliga a usar material fotoluminiscente clase A conforme a UNE 23034:2023 o señalizacion con iluminacion propia.

¿Que color corresponde a la señal de salida de emergencia y que significa?

El color verde es el color de seguridad asignado internacionalmente a las señales de evacuacion y primeros auxilios segun la UNE-EN ISO 7010:2020 y el RD 485/1997. Significa via libre, condicion segura o accion de socorro. El contraste blanco sobre fondo verde garantiza la maxima legibilidad del pictograma o del literal —en este caso sortida d’emergencia— tanto con luz ambiental como en la emision fotoluminiscente residual.

¿Que normativa regula las vias y salidas de evacuacion en edificios de uso publico?

Las principales referencias son el RD 485/1997 Anexo III (centros de trabajo), el CTE DB-SI seccion 3 (edificios de uso publico, residencial y docente) y la NTP 889 del INSST, que desarrolla criterios tecnicos de señalizacion de emergencia. Para instalaciones con sistemas PCI se añade el RD 513/2017. En conjunto exigen que cada salida de emergencia y cada cambio de direccion del recorrido queden claramente señalizados con carteles homologados y fotoluminiscentes.

¿Como se homologa una señal de salida de emergencia y que garantiza la homologacion?

Una señal homologada debe acreditar conformidad con UNE-EN ISO 7010:2020 (pictograma y cromatica correctos) y, si es fotoluminiscente, con UNE 23034:2023 (rendimiento minimo de emision luminosa clase A). El fabricante debe disponer de declaracion de conformidad y, en muchos casos, ensayos de laboratorio acreditado. La homologacion garantiza que la señal sera reconocida por la inspeccion de trabajo y que cumple los requisitos del RD 485/1997 para no incurrir en infraccion grave segun el art. 12.16 de la LISOS.

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