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Señal / cartel ADR — Riesgo de explosión. División 1.6

SKU: ADR-020

Señal ADR División 1.6 para la identificación y etiquetado de mercancías peligrosas explosivas de riesgo extremadamente reducido durante el transporte por carretera. Fabricada en materiales resistentes homologados conforme al Acuerdo Europeo ADR y al RD 97/2014 sobre transporte terrestre de mercancías peligrosas. Incluye pictograma normalizado de riesgo de explosión con fondo naranja y número de clase 1.

0.68 +IVA
Referencia ADR
En stock
ETIQUETA ADR · MERCANCÍAS PELIGROSAS
Riesgo de explosión. División 1.6
Transporte ADR/RID/IMDG/IATA · Etiquetado
ADR-020 — Riesgo de explosión. División 1.6
Disponible en 100×100 y 300×300 mm

Etiqueta ADR ADR-020

Materias y objetos explosivos (Clase 1). División 1.6 (objetos extremadamente poco sensibles).

Medidas disponibles

ESTÁNDAR BULTOS
100 × 100 mm
Etiqueta estándar para identificar bultos, embalajes y contenedores pequeños conforme ADR 5.2.
PLACA-ETIQUETA
300 × 300 mm
Placa-etiqueta para vehículos, cisternas, contenedores y vagones de mercancías peligrosas (ADR 5.3).

Materiales disponibles

  • PVC Adhesivo — Etiqueta autoadhesiva para pegado directo sobre embalajes, cajas, bidones y bultos. Económico.
  • PVC 0,7 mm — Lámina semi-rígida para fijación mecánica o cinta de doble cara. Mayor durabilidad.
  • Aluminio 0,8 mm — Placa metálica lacada para vehículos, cisternas y contenedores. Resistente a intemperie, lavado a presión y abrasión.

Aplicaciones

  • Bultos y embalajes — 100×100 mm sobre cajas, bidones, sacos según ADR 5.2.
  • Cisternas, vehículos, contenedores — 300×300 mm en placas-etiqueta laterales y traseras (ADR 5.3).
  • Vagones de ferrocarril — Placas-etiqueta según RID.
  • Transporte marítimo — Etiquetas IMDG en contenedores marítimos y cisternas portátiles.
  • Carga aérea — Etiquetas DGR IATA en bultos para aéreo.

Normativa aplicable

  • ADR 2025 — Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera. Vigente desde 1 enero 2025.
  • RID — Reglamento relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril.
  • IMDG Code — Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMO).
  • IATA DGR — Dangerous Goods Regulations (transporte aéreo).
  • RD 97/2014 — Reglamento nacional sobre transporte terrestre de mercancías peligrosas (transposición ADR a España).

Preguntas frecuentes

¿Qué medida debo elegir?

100×100 mm para etiquetar bultos individuales (cajas, bidones, sacos). 300×300 mm para placas-etiqueta en vehículos, cisternas, contenedores y vagones (ADR 5.3.1).

¿Qué material para qué uso?

PVC adhesivo para bultos consumibles de un solo uso. PVC 0,7 mm rígido para fijación mecánica en embalajes reutilizables. Aluminio 0,8 mm para placas-etiqueta sobre vehículos y cisternas (resistencia a intemperie, presión, abrasión).

¿La etiqueta cumple ADR 2025?

Sí, los pictogramas y colores son conformes al Anexo A del ADR vigente, sección 5.2 (etiquetado) y 5.3 (rotulado de unidades de transporte). Compatible también con RID, IMDG y IATA DGR.

¿Quién es responsable del etiquetado?

Según ADR 1.4.2, el expedidor es responsable de la correcta clasificación y del etiquetado de los bultos. El transportista es responsable del placa-etiqueta de la unidad de transporte (vehículo, cisterna, contenedor).

¿Se puede pedir personalizado?

Sí — para medidas no estándar, otros números ONU o placas naranjas (ADR-140) personalizadas con códigos específicos, consulta con nosotros.

Sanciones por no señalizar correctamente

El transporte de mercancías peligrosas sin etiquetado ADR correcto constituye infracción según el RD 97/2014: multas leves 1.001–30.000 €, graves 30.001–90.000 €, muy graves 90.001–600.000 €. Inmovilización del vehículo + responsabilidad penal del cargador y transportista.

Preguntas frecuentes

¿Cuántas divisiones de riesgo existen dentro de la Clase 1 de explosivos?

El Acuerdo ADR y el sistema ONU establecen seis divisiones para la Clase 1: 1.1 (riesgo de explosión en masa), 1.2 (proyección sin explosión en masa), 1.3 (incendio con pequeño efecto de onda expansiva), 1.4 (riesgo mínimo), 1.5 (sustancias muy insensibles) y 1.6 (objetos extremadamente insensibles, riesgo de detonación accidental prácticamente nulo). Cada división exige una etiqueta de peligro específica y condiciones de transporte diferenciadas según la Parte 5 del ADR.

¿Qué mercancías peligrosas de la Clase 1 ADR se consideran explosivas?

La Clase 1 del ADR incluye sustancias explosivas (por ejemplo, dinamita, TNT, ANFO), objetos explosivos (munición, detonadores, petardos pirotécnicos) y sustancias fabricadas con objeto de producir efecto práctico mediante explosión o efecto pirotécnico. La asignación a una división concreta —y por tanto la etiqueta de peligro requerida— depende del tipo de riesgo predominante, determinado mediante los ensayos de clasificación de la Parte 2 del ADR y validado por la autoridad competente.

¿Qué diferencia hay entre la Division 1.4 y la Division 1.6?

Ambas divisiones agrupan explosivos de baja peligrosidad, pero con matices importantes: la División 1.4 engloba objetos o sustancias que solo presentan un riesgo menor en caso de ignición o iniciación durante el transporte, con efectos confinados principalmente al bulto; la División 1.6 se reserva para objetos que contienen únicamente sustancias extremadamente insensibles a la detonación, con probabilidad de iniciación o propagación accidental despreciable. Ambas requieren señal ADR de Clase 1 con su número de división y las mismas obligaciones documentales del RD 97/2014.

¿Las señales ADR y las etiquetas IMO son equivalentes para explosivos?

No son equivalentes aunque comparten la misma base del sistema de clasificación ONU. Las etiquetas ADR rigen el transporte terrestre por carretera en Europa conforme al Acuerdo ADR y al RD 97/2014; las etiquetas IMO/IMDG regulan el transporte marítimo según el Codigo IMDG adoptado por resolución de la OMI. El pictograma y los colores son similares, pero el formato, dimensiones mínimas y requisitos de colocación en el embalaje difieren. Para transporte por carretera en España es obligatorio usar la señalización ADR específica.

¿Dónde deben colocarse las etiquetas ADR de Division 1.6 en el vehiculo?

Según la Parte 5 del Acuerdo ADR, los bultos deben llevar la etiqueta de peligro de la División 1.6 en al menos dos caras opuestas. El vehiculo debe exhibir paneles naranja retrorreflejantes en la parte delantera y trasera con los números de identificación correspondientes. Cuando la carga sea de una única clase, se añaden las placas-etiqueta de Clase 1 en ambos lados y en la parte trasera. El RD 97/2014 exige que estas señales sean claramente visibles, legibles y resistentes a las condiciones climaticas durante todo el trayecto.

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