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Señal / cartel ADR — Materias infecciosas (Clase 6.2)

SKU: ADR-085

Señal ADR para el transporte de materias infecciosas (Clase 6.2), obligatoria en vehiculos que trasladen agentes patogenos, microorganismos o sustancias biologicas peligrosas por carretera. Fabricada conforme al Acuerdo Europeo ADR y al RD 97/2014 sobre transporte de mercancias peligrosas, con materiales resistentes a condiciones de transito exigentes.

0.68 +IVA
Referencia ADR
En stock
ETIQUETA ADR · MERCANCÍAS PELIGROSAS
Materias infecciosas (Clase 6.2)
Transporte ADR/RID/IMDG/IATA · Etiquetado
ADR-085 — Materias infecciosas (Clase 6.2)
Disponible en 100×100 y 300×300 mm

Etiqueta ADR ADR-085

Materias infecciosas (Clase 6.2). Símbolo de bio-hazard sobre rombo blanco.

Medidas disponibles

ESTÁNDAR BULTOS
100 × 100 mm
Etiqueta estándar para identificar bultos, embalajes y contenedores pequeños conforme ADR 5.2.
PLACA-ETIQUETA
300 × 300 mm
Placa-etiqueta para vehículos, cisternas, contenedores y vagones de mercancías peligrosas (ADR 5.3).

Materiales disponibles

  • PVC Adhesivo — Etiqueta autoadhesiva para pegado directo sobre embalajes, cajas, bidones y bultos. Económico.
  • PVC 0,7 mm — Lámina semi-rígida para fijación mecánica o cinta de doble cara. Mayor durabilidad.
  • Aluminio 0,8 mm — Placa metálica lacada para vehículos, cisternas y contenedores. Resistente a intemperie, lavado a presión y abrasión.

Aplicaciones

  • Bultos y embalajes — 100×100 mm sobre cajas, bidones, sacos según ADR 5.2.
  • Cisternas, vehículos, contenedores — 300×300 mm en placas-etiqueta laterales y traseras (ADR 5.3).
  • Vagones de ferrocarril — Placas-etiqueta según RID.
  • Transporte marítimo — Etiquetas IMDG en contenedores marítimos y cisternas portátiles.
  • Carga aérea — Etiquetas DGR IATA en bultos para aéreo.

Normativa aplicable

  • ADR 2025 — Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera. Vigente desde 1 enero 2025.
  • RID — Reglamento relativo al transporte internacional de mercancías peligrosas por ferrocarril.
  • IMDG Code — Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMO).
  • IATA DGR — Dangerous Goods Regulations (transporte aéreo).
  • RD 97/2014 — Reglamento nacional sobre transporte terrestre de mercancías peligrosas (transposición ADR a España).

Preguntas frecuentes

¿Qué medida debo elegir?

100×100 mm para etiquetar bultos individuales (cajas, bidones, sacos). 300×300 mm para placas-etiqueta en vehículos, cisternas, contenedores y vagones (ADR 5.3.1).

¿Qué material para qué uso?

PVC adhesivo para bultos consumibles de un solo uso. PVC 0,7 mm rígido para fijación mecánica en embalajes reutilizables. Aluminio 0,8 mm para placas-etiqueta sobre vehículos y cisternas (resistencia a intemperie, presión, abrasión).

¿La etiqueta cumple ADR 2025?

Sí, los pictogramas y colores son conformes al Anexo A del ADR vigente, sección 5.2 (etiquetado) y 5.3 (rotulado de unidades de transporte). Compatible también con RID, IMDG y IATA DGR.

¿Quién es responsable del etiquetado?

Según ADR 1.4.2, el expedidor es responsable de la correcta clasificación y del etiquetado de los bultos. El transportista es responsable del placa-etiqueta de la unidad de transporte (vehículo, cisterna, contenedor).

¿Se puede pedir personalizado?

Sí — para medidas no estándar, otros números ONU o placas naranjas (ADR-140) personalizadas con códigos específicos, consulta con nosotros.

Sanciones por no señalizar correctamente

El transporte de mercancías peligrosas sin etiquetado ADR correcto constituye infracción según el RD 97/2014: multas leves 1.001–30.000 €, graves 30.001–90.000 €, muy graves 90.001–600.000 €. Inmovilización del vehículo + responsabilidad penal del cargador y transportista.

Preguntas frecuentes

¿Que son las materias infecciosas segun el ADR?

Las materias infecciosas son sustancias que contienen microorganismos viables —incluyendo bacterias, virus, hongos, parasitos y priones— o toxinas biologicas capaces de provocar enfermedades en humanos o animales. El Acuerdo Europeo ADR las encuadra en la Division 6.2 y exige su identificacion especifica en todo bulto y vehiculo durante el transporte por carretera.

¿Que diferencia hay entre la clase 6.1 y la clase 6.2 del ADR?

Aunque ambas pertenecen a la Clase 6 de mercancias peligrosas, su naturaleza es distinta: la Division 6.1 comprende sustancias toxicas de origen quimico que dañan el organismo por contacto, inhalacion o ingestion; mientras que la Division 6.2 agrupa materias infecciosas de origen biologico —agentes patogenos y microorganismos— cuyo riesgo reside en la transmision de enfermedades. Cada division requiere su propia etiqueta ADR diferenciada.

¿Que incluye la clase 6 de materiales peligrosos en el ADR?

La Clase 6 del ADR agrupa dos grandes divisiones: la Division 6.1 (sustancias toxicas de naturaleza quimica, como plaguicidas o disolventes nocivos) y la Division 6.2 (materias infecciosas con agentes biologicos —microorganismos, patogenos— que pueden causar enfermedades). Ambas categorias requieren señalizacion especifica, documentacion de transporte y, en muchos casos, vehiculos y embalajes certificados segun el RD 97/2014.

¿Donde debe colocarse la señal ADR de materias infecciosas en el vehiculo?

Segun el Acuerdo Europeo ADR, las etiquetas de peligro deben fijarse sobre los bultos o contenedores de forma visible, legible e indeleble. En vehiculos completos o cisterna, los carteles de peligro de la Clase 6.2 se situan en las partes laterales y trasera, de modo que sean claramente visibles para servicios de emergencia y autoridades de control. El RD 97/2014 desarrolla estas obligaciones para el transporte por carretera en España.

¿Que normativa regula el transporte de sustancias infecciosas por carretera en España?

El marco normativo principal es el Acuerdo Europeo ADR (con sus actualizaciones bienales), transpuesto y complementado en España por el RD 97/2014, que regula las condiciones tecnicas y de seguridad para el transporte de mercancias peligrosas por carretera. Para sustancias de la Division 6.2, aplican ademas las instrucciones de embalaje P650 del ADR y, en el ambito aereo, la reglamentacion IATA para patogenos humanos.

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