La falta de señalización de evacuación obligatoria conforme RD 485/1997 + RD 513/2017 (instalaciones de PCI) constituye infracción grave LISOS art. 12.16 (2.046–40.985 €). En instalaciones de uso público, además incumple el CTE DB-SI sección 3 y bloquea la licencia de actividad municipal.
Un material fotoluminiscente absorbe la energia luminosa del entorno (luz natural o artificial) y la reemite gradualmente en la oscuridad. En una señal de salida, esto significa que el cartel sigue siendo visible aunque falle el suministro electrico, sin necesidad de pilas ni conexion a red. La UNE 23034 clasifica estos materiales por su rendimiento, siendo la Clase A la de mayor luminancia residual y la exigida en la mayoria de instalaciones industriales y edificios de uso publico.
La señalizacion de evacuacion fotoluminiscente es el conjunto de carteles, flechas y marcas que indican el recorrido de salida en caso de emergencia mediante materiales que emiten luz en la oscuridad. Es obligatoria en centros de trabajo segun el RD 485/1997 Anexo III, en instalaciones con sistemas de PCI conforme al RD 513/2017, y en edificios de uso publico segun el CTE DB-SI seccion 3. Su objetivo es garantizar la rapida evacuacion incluso con corte total de luz.
La duracion de la emision luminosa depende de la Clase del material segun UNE 23034. Los carteles Clase A, como este modelo EYS-3000, ofrecen la mayor persistencia de luminancia, superando los valores minimos establecidos por la norma tras un periodo de carga luminosa estandar. En condiciones normales de uso y mantenimiento, el material fotoluminiscente no caduca, aunque se recomienda revisar periodicamente la limpieza de la superficie y la suficiencia de la iluminacion ambiental que lo carga, tal como indica el RD 485/1997.
Segun la UNE-EN ISO 7010:2020, E001 representa la salida de emergencia con figura humana corriendo hacia una puerta (sin flecha direccional integrada), mientras que E002 incluye una flecha para indicar la direccion de la evacuacion. El cartel literal SALIDA complementa ambos pictogramas con el texto en castellano, siendo especialmente util cuando la normativa o la inspeccion de seguridad exige identificacion explicita de la salida, ademas del simbolo grafico. Ambas variantes son validas bajo RD 485/1997 Anexo III.
La normativa vigente, concretamente el RD 485/1997 Anexo III y la UNE-EN ISO 7010:2020, establece que las señales de evacuacion y salida de emergencia deben ser de color verde con pictograma blanco, no rojas. Las señales rojas estan reservadas para equipos de lucha contra incendios (extintores, BIE, etc.). El uso de un cartel de salida fotoluminiscente verde Clase A garantiza el cumplimiento normativo y evita confusiones durante la evacuacion. El incumplimiento puede derivar en sanciones conforme al art. 12.16 LISOS.