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Señal / Cartel de Prohibido el uso de teléfonos móviles
Señal / Cartel de Prohibido el uso de teléfonos móviles
Señal / Cartel de Prohibido el uso de teléfonos móviles

Señal / Cartel de Prohibido el uso de teléfonos móviles

SKU: PR-3210

Señal de prohibido el uso de teléfonos móviles fabricada conforme a UNE-EN ISO 7010 y RD 485/1997, con pictograma circular, borde rojo y banda diagonal reglamentaria. Disponible en PVC rígido, vinilo adhesivo y aluminio para instalación en centros educativos, instalaciones industriales, áreas sanitarias y cualquier espacio donde la normativa o la dirección del centro prohíba el uso de dispositivos móviles.

0.29 +IVA
Medidas
Material
En stock
⊘ PROHIBICIÓN
Pictograma según UNE-EN ISO 7010
Seguridad laboral · Prohibición
Prohibido el uso de teléfonos móviles
UNE-EN ISO 7010
Cuad

Pictograma fijo · pared
125 × 125 PVC adh / PVC / Alu
168 × 168 PVC adh / PVC / Alu
230 × 230 PVC adh / PVC / Alu
330 × 330 PVC adh / PVC / Alu
460 × 460 PVC / Alu
660 × 660 PVC / Alu
Rect

Pictograma + texto · rect.
80 × 60 PVC adh
120 × 85 PVC adh
170 × 125 PVC adh / PVC / Alu
240 × 168 PVC adh / PVC / Alu
330 × 230 PVC adh / PVC / Alu
490 × 330 PVC adh / PVC / Alu
660 × 460 PVC / Alu
Circ

Adhesivo circular · equipo
Ø 50 mm PVC adh
Ø 75 mm PVC adh
Ø 105 mm PVC adh
Ø 148 mm PVC adh
ProhibiciónUNE-EN ISO 7010Círculo rojo tachado

¿Dónde y cuándo es obligatorio este cartel?

La señal de prohibido el uso de teléfonos móviles es de aplicación en cualquier entorno donde el empresario, la dirección del centro educativo o la autoridad competente haya establecido la prohibición de uso de dispositivos móviles: aulas de educación obligatoria, salas de reuniones, plantas industriales con riesgo eléctrico o de explosión, centros sanitarios y zonas de seguridad. Su diseño cumple con el formato circular de borde rojo y banda diagonal definido en la norma UNE-EN ISO 7010:2020, mientras que el RD 485/1997 establece la obligación general del empresario de señalizar adecuadamente su centro de trabajo. En el ámbito escolar, la proliferación de normativas autonómicas —Cataluña, Madrid, Andalucía, Galicia— ha incrementado notablemente la demanda de este cartel tanto en institutos como en colegios de toda España, haciendo de esta señal un elemento cada vez más habitual en la señalización de prohibición de centros públicos y privados.

Materiales

  • PVC adhesivo — Pegado directo en superficies lisas.
  • PVC 0,7 mm — Cartel ligero para interiores.
  • PVC 2 mm — Mayor durabilidad. Zonas industriales.
  • Aluminio 0,8 mm — Exterior o ambientes agresivos.
  • Adhesivo circular Ø50-148 mm — Pegado directo en equipos.

Aplicaciones por sector

  • Industria y producción: Cuadros eléctricos, salas de máquinas, zonas restringidas.
  • Almacenes y logística: Áreas de carga, zonas peligrosas.
  • Centros docentes y laboratorios: Laboratorios, almacenes, zonas técnicas.
  • Edificios públicos: Cuartos técnicos, archivos restringidos.
  • Hostelería: Cocinas, almacenes, oficinas internas.

Normativa aplicable

  • UNE-EN ISO 7010 — Pictograma normalizado.
  • RD 485/1997 — Señalización de seguridad y salud en el trabajo.
  • Ley 31/1995 — Prevención de Riesgos Laborales.
  • UNE-EN ISO 3864 — Colores y señales de seguridad.

Sanciones por no señalizar correctamente

La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa exactamente la señal de prohibido el uso de celulares?

La señal de prohibido el uso de teléfonos móviles indica que queda terminantemente vedado el uso de cualquier dispositivo móvil en la zona señalizada. Su pictograma circular con borde rojo y banda diagonal sigue el código visual internacional definido en UNE-EN ISO 7010:2020, garantizando su comprensión inmediata independientemente del idioma del lector. El incumplimiento puede derivar en consecuencias disciplinarias, académicas o laborales según el reglamento interno del centro.

¿Qué artículo o normativa prohíbe el uso del móvil en centros de trabajo?

En el ámbito laboral, no existe un artículo único que prohíba el móvil con carácter general, pero el empresario puede establecer esta restricción amparándose en su poder de dirección (art. 20 del Estatuto de los Trabajadores) y en la obligación de señalización del RD 485/1997. En entornos con riesgo eléctrico, de explosión o interferencias con equipos médicos, la prohibición puede derivar adicionalmente de normativa sectorial específica. La señal física materializa y hace visible esa restricción.

¿Es obligatorio colocar este cartel en colegios e institutos de España?

Desde 2024, varias comunidades autónomas —entre ellas Cataluña, Madrid, Andalucía y Galicia— han aprobado normativas que restringen o prohíben el uso de dispositivos móviles durante la jornada escolar en centros de educación obligatoria. Aunque la señalización específica no siempre figura como requisito legal expreso en dichas normas, colocar este cartel acredita la voluntad del centro de hacer cumplir la prohibición y refuerza las actuaciones disciplinarias frente a posibles impugnaciones.

¿Es legal que confisquen el móvil en un colegio si hay señal de prohibición?

La señal de prohibición no otorga por sí sola la facultad de confiscar dispositivos; esa potestad debe estar recogida en el reglamento de régimen interior del centro y, en menores de edad, requiere el respaldo de la normativa autonómica aplicable. Sin embargo, la existencia de la señal visible refuerza la validez de las medidas disciplinarias adoptadas, al quedar acreditado que el alumno conocía —o debía conocer— la prohibición vigente en el centro educativo.

¿Qué material y formato es el más adecuado para este cartel en interiores?

Para uso en interiores —aulas, pasillos, vestuarios o salas de reuniones— se recomienda PVC rígido de 1-2 mm o vinilo adhesivo sobre fondo blanco, ambos conformes con los requisitos de contraste y durabilidad del RD 485/1997 Anexo III. Para exteriores o zonas húmedas es preferible aluminio anodizado. El tamaño mínimo debe garantizar la lectura a la distancia de percepción prevista; como referencia orientativa, formatos de 148 x 148 mm (A5) son habituales en pasillos, mientras que 210 x 210 mm (A4) se emplean en accesos principales.

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