Señal de prohibido depositar materiales y mantener libre el paso, fabricada según la norma UNE-EN ISO 7010 con pictograma circular de borde rojo y banda diagonal. Disponible en polipropileno y otros materiales, en distintos tamaños y espesores, para su uso en entornos industriales, almacenes, garajes y estacionamientos donde el RD 485/1997 obliga a señalizar zonas de paso despejadas.
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Depositar materiales en pasillos, accesos o vías de evacuación es una de las causas más frecuentes de accidente en entornos industriales, galpones y parking. El RD 485/1997 (Anexo III) exige señalizar con carteles de prohibición todas las zonas donde el bloqueo del paso suponga un riesgo para trabajadores o la evacuación. Esta señal, diseñada conforme a UNE-EN ISO 7010:2020, combina el pictograma estandarizado con el texto Prohibido depositar materiales — Mantener libre el paso para transmitir el mensaje de forma inmediata y sin ambigüedad. Fabricada en polipropileno de alta resistencia con distintos espesores y tamaños, se aplica eficazmente en almacenes, depósitos, estacionamientos y plantas industriales, asegurando visibilidad duradera frente a polvo, golpes y condiciones adversas de uso.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
Esta señal indica que queda prohibido colocar objetos, materiales o mercancías en esa zona y que el paso debe permanecer completamente despejado en todo momento. Su pictograma circular con borde rojo y banda diagonal cumple el código visual de prohibición establecido en la norma UNE-EN ISO 7010:2020, garantizando su lectura inmediata independientemente del idioma del trabajador.
Las señales de prohibición de paso son de forma circular, con fondo blanco, borde rojo y banda diagonal roja, conforme a UNE-EN ISO 7010:2020 y RD 485/1997 (Anexo III). Esta señal concreta combina la prohibición de depositar objetos con la obligación de mantener libre el paso, siendo especialmente indicada en pasillos, salidas de emergencia y vías de evacuación de instalaciones industriales.
El RD 485/1997 obliga a señalizar con carteles de prohibición aquellas zonas donde el bloqueo represente un riesgo laboral. Los emplazamientos más habituales son: pasillos de almacenes, zonas de carga y descarga, accesos a cuadros eléctricos, vías de evacuación y aparcamientos industriales. La señal debe colocarse a una altura y posición que garantice su visibilidad desde el punto de acceso a la zona.
El cartel está disponible en polipropileno rígido de distintos espesores, así como en vinilo adhesivo y aluminio, adaptándose a superficies interiores y exteriores. Los tamaños más habituales van desde 210 x 297 mm (A4) hasta 400 x 565 mm, aunque pueden solicitarse formatos personalizados. La elección del material y el espesor depende del tipo de entorno: polipropileno es idóneo para almacenes, galpones y aparcamientos por su resistencia a la humedad y al impacto.
La normativa principal es el RD 485/1997 sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud, que en su Anexo III define los requisitos para señales de prohibición. El diseño del pictograma debe ajustarse a UNE-EN ISO 7010:2020, norma internacional que estandariza los símbolos de seguridad. El incumplimiento puede derivar en sanciones graves recogidas en el artículo 12.16 de la LISOS.