Señal de advertencia de techo bajo con fondo amarillo y pictograma negro sobre forma triangular, conforme a UNE-EN ISO 7010 y RD 485/1997. Disponible en materiales rígidos y adhesivos para cualquier entorno industrial o logístico donde la altura libre pueda suponer un riesgo para las personas.
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Pictograma triangular amarillo de advertencia de peligro normalizado por UNE-EN ISO 7010. Identifica zonas con peligro. techo bajo para prevenir accidentes laborales. Conforme RD 485/1997 sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Dos formatos: pictograma fijo para pared (125×125 a 660×660 mm en 4 materiales) y adhesivo triangular pequeño (50 a 148 mm) para pegar directamente sobre maquinaria o equipos.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
El RD 485/1997 no fija una cota exacta universal, pero la práctica de prevención establece que cualquier altura libre inferior a 2,20 m en zonas de paso habitual debe señalizarse como techo bajo. En obras y naves industriales, el criterio de riesgo real prevalece: si existe posibilidad de golpe craneal para un trabajador de estatura media, la señal W036 (UNE-EN ISO 7010:2020) es obligatoria.
El pictograma triangular amarillo con una figura humana inclinada bajo una superficie horizontal negra corresponde al símbolo normalizado W036 de la UNE-EN ISO 7010:2020. Indica la presencia de un obstáculo superior que puede causar impacto craneal. La forma triangular y el fondo amarillo con símbolo negro identifican de forma universal una señal de advertencia o peligro, conforme al Anexo III del RD 485/1997.
Las señales de advertencia o peligro obligatorias en centros de trabajo están reguladas por el RD 485/1997 y la UNE-EN ISO 7010:2020. Se reconocen por su forma triangular, fondo amarillo y pictograma negro. Entre las más comunes figuran: riesgo eléctrico, sustancias inflamables, caída a distinto nivel, carga suspendida y techo bajo. Deben instalarse en cualquier punto donde el riesgo no pueda eliminarse por diseño.
La señal debe situarse antes del punto de riesgo, de modo que el trabajador pueda leerla y reaccionar a tiempo. La altura de colocación recomendada es a la altura de los ojos (entre 1,60 m y 1,80 m) o directamente en el obstáculo si el espacio lo permite. El RD 485/1997, art. 3 exige que las señales sean claramente visibles y no estén obstruidas por otros elementos.
La señal de techo bajo advierte de un obstáculo fijo superior que puede provocar golpe craneal en posición erguida. La señal de descenso peligroso (usada habitualmente en señalización vial) indica una pendiente pronunciada para vehículos. Aunque ambas son señales de advertencia triangulares, sus pictogramas y ámbitos de aplicación son distintos: la de techo bajo se rige por la UNE-EN ISO 7010:2020 (símbolo W036) y aplica en entornos laborales interiores.