Señal de advertencia de peso limitado con pictograma triangular de fondo amarillo conforme a UNE-EN ISO 7010 y RD 485/1997. Fabricada en materiales de alta durabilidad (PVC rígido, aluminio o poliestireno) para uso en entornos industriales, almacenes y centros de trabajo donde el exceso de carga supone un riesgo real para personas y estructuras.
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Pictograma triangular amarillo de advertencia de peligro normalizado por UNE-EN ISO 7010. Identifica zonas con peso limitado para prevenir accidentes laborales. Conforme RD 485/1997 sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo. Dos formatos: pictograma fijo para pared (125×125 a 660×660 mm en 4 materiales) y adhesivo triangular pequeño (50 a 148 mm) para pegar directamente sobre maquinaria o equipos.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
La señal de peso limitado indica la carga máxima permitida que puede soportar una superficie, estructura o elemento (forjado, estantería, plataforma). Superar ese valor compromete la integridad estructural y constituye un riesgo grave para las personas. El valor concreto debe figurar en el texto complementario del cartel o en la documentación técnica del inmueble o equipo.
Las señales de advertencia en centros de trabajo están reguladas por el RD 485/1997, Anexo III, que exige forma triangular y fondo amarillo para los carteles de peligro. El diseño del pictograma debe ajustarse a la norma UNE-EN ISO 7010:2020. Ambas referencias son de obligado cumplimiento para empresas con trabajadores a su cargo.
El RD 487/1997 sobre manipulación manual de cargas establece orientaciones sobre pesos seguros para las personas (hasta 25 kg en condiciones ideales, menos en situaciones de riesgo). Sin embargo, el peso máximo estructural permitido en suelos, plataformas o estanterías lo determina el proyecto técnico del edificio o el fabricante del equipo, y debe señalizarse con carteles de advertencia visibles conforme al RD 485/1997.
La limitación de peso por eje hace referencia a la carga máxima que puede transmitir cada eje de un vehículo o carretilla elevadora al suelo. Es especialmente relevante en almacenes y muelles: aunque el peso total del vehículo sea admisible, la presión por eje puede superar la capacidad portante del forjado. Por eso es imprescindible colocar señales de peso limitado y consultar el cálculo estructural antes de permitir el acceso.
El RD 485/1997, art. 4 indica que las señales deben situarse en el punto de acceso a la zona de riesgo, en lugar visible y bien iluminado. La altura recomendada es a nivel de los ojos (aproximadamente 1,50-1,80 m) salvo que razones prácticas justifiquen otra ubicación. En accesos de vehículos, el cartel debe ser visible desde la cabina del conductor antes de que el vehículo cruce el umbral.