La falta de señalización accesible (Braille, altorrelieve, contraste cromático) incumple el RD 173/2010 sobre accesibilidad y la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad (RDL 1/2013): infracciones graves 30.001–90.000 €, muy graves 90.001–1.000.000 €.
Irteera significa salida e irisgarria equivale a accesible en euskera. Juntos forman el termino oficial para identificar una salida de evacuacion accesible, equivalente al castellano Salida accesible. Su uso esta respaldado por los diccionarios normativos vascos (Elhuyar, Labayru) y se emplea en senalizacion de emergencia bilingue conforme al RD 485/1997.
La normativa lingüistica vasca y navarra puede exigir rotulacion en euskera en edificios publicos, centros educativos, hospitales y instalaciones de la Administracion. Ademas, la UNE-EN ISO 7010:2020 y el RD 485/1997 Anexo III obligan a senalizar todas las vias de evacuacion con independencia del idioma elegido, por lo que el cartel Irteera Irisgarria cubre ambas exigencias simultaneamente.
La UNE 23034 establece los requisitos de fotoluminiscencia para senales de evacuacion en Espana, fijando niveles minimos de brillo inicial y duracion de emision. Complementariamente, la UNE-EN ISO 7010:2020 define pictogramas y colores, y el RD 485/1997 Anexo III determina donde y como deben colocarse las senales luminiscentes en el centro de trabajo.
Una senal luminiscente requiere una fuente de alimentacion electrica continua (retroiluminacion LED o fluorescente). Una senal fotoluminiscente — como este cartel Irteera Irisgarria Clase A — absorbe luz ambiental y la emite en la oscuridad sin electricidad, ofreciendo autonomia inmediata ante un corte de suministro. Ambas soluciones son validas bajo UNE 23034, pero la fotoluminiscente no requiere mantenimiento electrico.
Segun el RD 485/1997 Anexo III, las senales deben colocarse en el punto de decision de la via de evacuacion, a una altura que garantice visibilidad desde cualquier punto del recorrido (habitualmente entre 2 y 2,5 m sobre el suelo). El cartel Irteera Irisgarria fotoluminiscente debe recibir al menos 500 lux de iluminacion previa para cargar correctamente. Se recomienda revisar el estado del material conforme al plan de emergencia del centro segun el RD 513/2017.