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Cartel fotoluminiscente «Peligro atmósferas explosivas»

Cartel fotoluminiscente «Peligro atmósferas explosivas»

SKU: F915

Cartel fotoluminiscente de advertencia de peligro por atmósferas explosivas, con pictograma triangular fondo amarillo conforme a UNE-EN ISO 7010 y RD 485/1997. Fabricado en materiales fotoluminiscentes de alta duración para garantizar visibilidad en condiciones de baja iluminación en zonas ATEX, instalaciones industriales y áreas con riesgo de explosión por gases, vapores o polvos inflamables.

4.18 +IVA
Medidas
Material
Clase
En stock
PELIGRO / ADVERTENCIA
Pictograma fotoluminiscente UNE 23033-1:2019
Protección contra incendios · Advertencia de peligro
Peligro atmósferas explosivas
UNE 23033-1:2019 · F915
Peligro atmósferas explosivas
Disponible en Clase A y Clase B
Medida Visibilidad Materiales
297 × 210 mm ≤ 10 m PVC · Plancha · Aluminio
594 × 420 mm 10 – 20 m Plancha · Aluminio
891 × 630 mm 20 – 30 m Plancha · Aluminio
FotoluminiscenteClase A (280 mcd) o Clase B (108 mcd)UNE 23033-1:2019UNE 23035-4

¿Qué señaliza un cartel ATEX fotoluminiscente?

El cartel fotoluminiscente «Peligro atmósferas explosivas» es una señal de advertencia diseñada para identificar visualmente las zonas donde existe riesgo de formación de una atmósfera explosiva, ya sea por la presencia de gases, vapores, nieblas o polvos inflamables en concentración suficiente. Su formato triangular con fondo amarillo responde a los requisitos del pictograma normalizado por UNE-EN ISO 7010:2020, y su implantación en centros de trabajo es obligatoria según el RD 485/1997 y la normativa ATEX (Directiva 2014/34/UE / RD 144/2016). La propiedad fotoluminiscente garantiza que la señalización permanezca legible incluso en ausencia de luz, una prestación crítica en recintos con riesgo de explosión donde los cortes de suministro eléctrico pueden coincidir con la emergencia. Recomendado para industria química, petroquímica, plantas de gas, silos, bodegas y cualquier zona clasificada donde la seguridad exige señalética permanente y de alta visibilidad.

Cómo elegir entre Clase A y Clase B

⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
luminancia a 10 minutos
✓ IDEAL PARA
  • Hospitales y residencias
  • Centros estratégicos
  • Pública concurrencia (cines, teatros, hoteles)
  • Evacuaciones complejas
Norma UNE 23035-4 — la más alta
✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
luminancia a 10 minutos
✓ IDEAL PARA
  • Oficinas y comercios
  • Almacenes interiores
  • Naves industriales (uso general)
  • Presupuestos ajustados
Norma UNE 23035 — cumple mínimo legal
💡 ¿Cuál elegir si no estás seguro?

Clase B es la opción más práctica y económica: cumple el mínimo legal exigido por RD 485/1997 + UNE 23035, suficiente en la mayoría de proyectos. Elige Clase A solo si tu instalación es estratégica, si necesitas mayor visibilidad residual prolongada, o si la normativa interna del cliente la exige.

Materiales disponibles

  • PVC 0,8 mm (sólo Clase B, 297×210 mm) — Económico, ligero, interior seco.
  • Plancha 1 mm / PVC Adhesivo — Sustrato rígido con adhesivo en el dorso. Pegado directo en paramentos. Todas las medidas y ambas clases.
  • Aluminio 0,8 mm Intemperie — Soporte metálico resistente a sol, lluvia, salinidad. Exterior, garajes, túneles. Todas las medidas y ambas clases.

Aplicaciones por sector

  • Industria y producción: almacenes con materias inflamables o explosivas, naves industriales, salas técnicas.
  • Hospitales y residencias: rutas de evacuación, almacenes farmacéuticos, salas técnicas.
  • Centros docentes: laboratorios, talleres, gimnasios y zonas de pública concurrencia.
  • Edificios públicos y oficinas: archivos, cuartos eléctricos, sótanos sin iluminación natural.
  • Hostelería y comercio: cocinas, almacenes, garajes, vías de salida.

Normativa aplicable

  • UNE 23033-1:2019 — Signos visuales de seguridad y emergencia. Pictogramas.
  • UNE 23035-4 — Señalización fotoluminiscente. Productos fotoluminiscentes.
  • UNE-EN ISO 7010 — Símbolos gráficos. Señales de seguridad registradas.
  • RD 485/1997 — Señalización de seguridad y salud en el trabajo.
  • RD 314/2006 (CTE-SI) — Documento Básico Seguridad en caso de Incendio.

Sanciones por no señalizar correctamente

La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un peligro de atmósfera explosiva y cuándo se señaliza?

Una atmósfera explosiva es la mezcla de aire con gases, vapores, nieblas o polvos inflamables en proporciones tales que una fuente de ignición puede provocar una explosión. Según el RD 681/2003 (transposición de la Directiva ATEX), el empresario debe evaluar el riesgo y clasificar las zonas en Zona 0, 1, 2 (gases) o Zona 20, 21, 22 (polvos). En los accesos a todas ellas es obligatorio instalar la señal de advertencia «Peligro atmósferas explosivas» conforme a RD 485/1997 Anexo III.

¿Cuáles son las señales fotoluminiscentes y qué ventaja ofrecen en zonas ATEX?

Las señales fotoluminiscentes absorben luz ambiental o artificial y la emiten progresivamente en la oscuridad, asegurando visibilidad sin electricidad. En zonas ATEX esto es especialmente relevante: un corte de luz puede coincidir con una emergencia por explosión. El material fotoluminiscente cumple con la norma UNE-EN ISO 7010:2020 y con los requisitos de fotoluminiscencia de UNE 23035, garantizando que el pictograma de peligro siga siendo legible durante la evacuación o intervención.

¿Qué ejemplo de atmósfera explosiva justifica colocar este cartel?

Ejemplos habituales incluyen: salas de baterías de plomo-ácido (hidrógeno), plantas de pintura con disolventes orgánicos, silos de harina o azúcar (polvo combustible), instalaciones de gas natural o GLP y refinerías petroquímicas. En todos estos entornos la señalización ATEX con el cartel de «Peligro atmósferas explosivas» es obligatoria en los accesos a la zona clasificada, tal como exige el RD 681/2003 y el RD 485/1997.

¿Qué medidas preventivas complementan la señalización de atmósferas explosivas?

La señalización es la última barrera de advertencia, no la única medida. El RD 681/2003 establece una jerarquía preventiva: 1) evitar la formación de la atmósfera explosiva (ventilación, sustitución de sustancias); 2) impedir la ignición (equipos certificados ATEX, control electrostático, prohibición de trabajos en caliente); 3) limitar los efectos de una explosión (válvulas de alivio, compartimentación). El cartel fotoluminiscente informa a trabajadores y visitantes de que están ante una zona de seguridad clasificada y deben aplicar esas medidas.

¿Qué normativa regula la señaletica de peligro explosion en España?

La señalética de peligro explosión en centros de trabajo está regulada principalmente por el RD 485/1997 (señalización de seguridad y salud) y el RD 681/2003 (protección de trabajadores en atmósferas explosivas). El pictograma y los colores del cartel deben ajustarse a la norma UNE-EN ISO 7010:2020 (símbolo W021 para atmósferas explosivas). El incumplimiento de la señalización obligatoria puede derivar en infracción grave según el artículo 12.16 de la LISOS.

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