Cartel fotoluminiscente de peligro por materias explosivas en formato triangular con fondo amarillo y pictograma negro, conforme a UNE-EN ISO 7010:2020 y RD 485/1997. Disponible en adhesivo o plancha rígida, emite luz acumulada en ausencia de iluminación para garantizar la identificación del riesgo en cualquier condición.
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En entornos donde se almacenan o manipulan materias y objetos explosivos, la señalización debe mantenerse legible incluso ante un corte de suministro eléctrico o en condiciones de humo. El material fotoluminiscente absorbe la luz ambiental y la reemite de forma autónoma, cumpliendo los requisitos de visibilidad exigidos por el RD 485/1997 (Anexo III) y la norma UNE-EN ISO 7010:2020, que establece la forma triangular, el fondo amarillo y el pictograma estandarizado para el riesgo de explosión. Este cartel con pictograma de materias explosivas se instala en almacenes, plantas industriales, canteras y cualquier instalación donde el riesgo de explosión exija señalética de advertencia permanente; las versiones en adhesivo o en plancha rígida permiten adaptarse a distintas superficies y condiciones de exposición. La correcta señalización de peligro no solo protege a los trabajadores, sino que acredita el cumplimiento normativo ante inspecciones de trabajo.
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⭐ PREMIUM
CLASE A
280mcd/m²
luminancia a 10 minutos
✓ IDEAL PARA
Norma UNE 23035-4 — la más alta
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✓ ESTÁNDAR
CLASE B
108mcd/m²
luminancia a 10 minutos
✓ IDEAL PARA
Norma UNE 23035 — cumple mínimo legal
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Clase B es la opción más práctica y económica: cumple el mínimo legal exigido por RD 485/1997 + UNE 23035, suficiente en la mayoría de proyectos. Elige Clase A solo si tu instalación es estratégica, si necesitas mayor visibilidad residual prolongada, o si la normativa interna del cliente la exige.
La falta de señalización obligatoria en centros de trabajo constituye infracción grave del artículo 12.16 de la LISOS, con sanciones de 2.046 a 40.985 € según gravedad y reincidencia. En caso de accidente con consecuencias, eleva responsabilidad civil y penal del empresario.
El material fotoluminiscente es un compuesto (habitualmente aluminato de estroncio) que absorbe energía lumínica del entorno y la reemite en la oscuridad sin necesidad de alimentación eléctrica. Su duración de emisión varía según la clase del producto: la clase B (la más habitual en señalización de seguridad industrial) debe garantizar luminancia mínima durante al menos 10 minutos según UNE 23035-4, aunque en la práctica puede superar las 2 horas, lo que resulta esencial en evacuaciones o fallos de suministro en zonas con riesgo de explosión.
El RD 485/1997 (Anexo III) exige que las señales de seguridad sean visibles incluso en caso de avería del alumbrado. En la práctica, esto obliga a utilizar señales fotoluminiscentes en vías de evacuación, salidas de emergencia y zonas con riesgos graves como materias explosivas, inflamables o tóxicas. El Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RD 513/2017) también requiere fotoluminiscencia en señales de PCI. Para entornos con riesgo de explosión, la combinación de señal fotoluminiscente conforme a UNE-EN ISO 7010:2020 es la solución que cubre ambas exigencias.
Las señales fotoluminiscentes se clasifican por su rendimiento luminoso según la norma UNE 23035. La clase B es la categoría estándar para señalización de seguridad en lugares de trabajo: deben alcanzar una luminancia mínima de 2 mcd/m² transcurridos 10 minutos desde la extinción de la luz, garantizando la legibilidad del pictograma —como el de peligro por materias explosivas— durante el tiempo necesario para una evacuación ordenada. Para instalaciones de mayor riesgo pueden exigirse clases superiores (C o D) con mayor autonomía luminosa.
Las sustancias fotoluminiscentes son materiales que, al absorber radiación electromagnética (luz visible o UV), la almacenan temporalmente y la reemiten de forma gradual en forma de luz visible. En señalización industrial se emplean pigmentos de aluminato de estroncio activado con europio, no radiactivos ni tóxicos, que confieren al soporte —adhesivo o plancha rígida— la capacidad de brillar en la oscuridad. No deben confundirse con materiales radiactivos ni con materiales fluorescentes, que solo emiten luz mientras reciben radiación activa.
Según el RD 485/1997 (Anexo III, apartado 3), las señales de advertencia deben situarse en un lugar bien iluminado, ser fácilmente visibles y colocarse a una altura y posición apropiadas en relación al ángulo visual. Como referencia general de buenas prácticas, se instalan entre 1,50 m y 1,80 m del suelo, en el acceso a la zona de riesgo o junto al punto de almacenamiento de las materias explosivas. En caso de señaletica de explosion en zonas ATEX, coordinar con el documento de protección contra explosiones requerido por el RD 681/2003.